Crédito Documentario cláusula roja, verde y receipt undertaking

Los créditos documentarios anticipatorios o de cláusula

Los créditos conocidos como de cláusula roja,o anticipatorios, son muy poco utilizados en la actualidad y su uso tiene origen en el comercio de lana australiana. Se denominan de cláusula roja porque tradicionalmente se usaba tinta roja en su clausulado.

Permiten al exportador beneficiarse del anticipo parcial o total del importe del crédito. Mediante este tipo de créditos, el comprador-ordenante financia la compra o fabricación de la mercancía al vendedor-beneficiario, por lo que su utilización debe quedar restringida a aquellos casos en que el ordenante tenga una confianza plena en el beneficiario, o bien en que el ordenante tenga cubierto el riesgo contraído con el beneficiario (a través de una garantía, por ejemplo).

Existen tres modalidades de cláusula roja: la cláusula roja simple, en que la disposición de fondos se efectúa contra simple recibo del beneficiario; la cláusula roja documentaria (a veces denominada cláusula verde), en que la disposición de los fondos se efectúa contra presentación de documentos que acrediten su destino (facturas de compra de material, recibos del transportista, etc.); y, por último, la denominada receipt and undertaking, que difiere de las anteriores en que el beneficiario debe presentar, además del recibo o los documentos, un compromiso de devolución del anticipo en caso de que no pueda presentar los documentos del crédito en los términos y condiciones estipulados.

Crédito Documentario Cláusula Roja (pago mixto)

 

Crédito Documentario Cláusula Verde (pago diferido)

Receipt undertaking

Difiere de los anteriores en que el beneficiario debe presentar, además del recibo o los documentos,  un compromiso de devolución del anticipo (generalmente a través de una garantía), en el caso de que no pueda presentar los documentos del crédito en los términos y condiciones estipuladas.